Con fundamento en los numerales 1, 2, 3, 4 y 5 de las reglas de operación del Fideicomiso “Fondo Contra la Delincuencia Organizada”, las cuales determinan las atribuciones, organización y funcionamiento de dicho Fideicomiso, se desprende que la fracción XLII, no es aplicable toda vez que, este fideicomiso, no está facultado para contratar personal, por ende jubilar o pensionar a personal alguno.
NO APLICA |