Con fundamento en el decreto de creación y los numerales 1, 2, 3, 4 y 5 de las reglas de operación del Fideicomiso “Fondo Contra la Delincuencia Organizada”, las cuales determinan las atribuciones, organización y funcionamiento de dicho Fideicomiso, se desprende que la fracción XXXVII, no es aplicable toda vez que, el fideicomiso no está facultado para prestar servicio de manera directa al público en Gral.
NO APLICA |