Con fundamento en el decreto de creación, así como los numerales 1, 2, 3, 4 y 5 de las reglas de operación del Fideicomiso “Fondo Contra la Delincuencia Organizada”, las cuales determinan las atribuciones, organización y funcionamiento de dicho Fideicomiso, se desprende que la fracción XXVI, no es aplicable toda vez que, solo el comité técnico debe autorizar cualquier gasto relacionado a las necesidades del fideicomiso.
NO APLICA |