Artículo 93.- Además de las obligaciones de transparencia comunes a todos los Sujetos Obligados que se encuentran previstas en el artículo 74 de esta Ley, los fideicomisos, fondos públicos, mandatos o cualquier contrato análogo, deberán poner a disposición del público y mantener actualizada las siguientes obligaciones de transparencia:
Fracción V.- Las modificaciones que, en su caso, sufran los contratos o decretos de constitución del fideicomiso o del fondo público.