Artículo 93.- Además de las obligaciones de transparencia comunes a todos los Sujetos Obligados que se encuentran previstas en el artículo 74 de esta Ley, los fideicomisos, fondos públicos, mandatos o cualquier contrato análogo, deberán poner a disposición del público y mantener actualizada las siguientes obligaciones de transparencia:
Fracción IV.- El saldo total al cierre del ejercicio fiscal, sin perjuicio de los demás informes que deban presentarse en los términos de las disposiciones aplicables.