Portal de Transparencia

Comunicación social y publicidad

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado

Artículo 85.- Con excepción de la información reservada y confidencial prevista en esta Ley y sin necesidad de que medie o se presente solicitud de información alguna, todos los Sujetos Obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada de manera regular y permanente, a través del Portal de Transparencia y la Plataforma Nacional, las siguientes obligaciones de transparencia:

Fracción XXIII.- Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial, desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña.


Coordinación General De Administración Y Finanzas

Responsable: Área responsable de la información

Periodo de actualización.- No especificado
Fecha de actualización: Miércoles, 10 de Enero de 2024