El
Juez de control vinculó a proceso al imputado, por el hecho que la ley califica como el delito de lesiones calificadas, previsto en el artículo 165 fracción IV, inciso B y sancionado por el 169 en relación al 170 fracción III inciso D, por ello, se le impuso la medida cautelar de prisión preventiva justificada, quedando recluido en el CERSS 10 Comitán.