Se
llevó a cabo la continuación de la audiencia inicial, en la cual el Juez de la causa dictó auto de vinculación a proceso, imponiendo como medida cautelar las previstas en el numeral 155 en sus fracciones I y V del Código Nacional de Procedimientos Penales, consistentes en la presentación periódica ante el juez y la prohibición de salir sin autorización del país, de la localidad en la cual reside o del ámbito territorial que fije la autoridad, otorgando el plazo de investigación complementaria de un mes.